Es viernes por la tarde. Estás listo para prepararte un café en la hora de descanso cuando suena tu teléfono. Es un número desconocido. Al contestar la llamada, la persona del otro lado se presenta con un nombre que jamás escuchaste y te da una noticia que te hiela la sangre. Al parecer, tenés una deuda por un monto elevadísimo de dinero con una entidad con la que no tenés relación y te dicen que, si no les pagas, te van a sacar hasta esa remera que ya no usás para salir a la calle porque sólo sirve como pijama.
Aunque parezca la escena de una película de suspenso, si no te sucedió a vos, seguramente algún conocido tuyo pasó por esta situación. Según estadísticas privadas, cerca de un 38,4% de la población adulta argentina recibió un llamado de intimación exigiendo el pago de una deuda inexistente (o no).
¿Quién llama realmente?
Cuando el reclamo es por una deuda inexistente, se trata simplemente de estafadores que utilizan el poder de la persuasión para lograr obtener dinero de manera ilegítima. Por el contrario, cuando la deuda es real, estos llamados pueden provenir de dos lugares distintos: agencias de cobranzas o estudios jurídicos especializados.
Es importante distinguir la diferencia puesto que, en el caso de las agencias, hablamos de personas que compran algo que se conoce como «cartera de deudores» -los incobrables/casos perdidos de las empresas- a un precio relativamente bajo, y tratan de obtener una ganancia cobrando ellos la deuda. De esta forma, esas agencias pasan a ser los acreedores reales, las que generalmente se valen de métodos que buscan «meter miedo» con el objetivo de cobrar una deuda que otros no pudieron.
En cambio, en el caso de los estudios jurídicos especializados, se trata de grupos de abogados que reciben carteras de deudores morosos por parte de empresas, y que dedican sus esfuerzos a lograr el cobro extrajudicial o, en su defecto, ejecutar el crédito.
¿Deuda legítima o intento de fraude?
El primer paso es determinar si la deuda que nos pretenden cobrar es inexistente o legítima. En la mayoría de los casos, se trata de gente que utiliza técnicas de persuasión y pretende estafarnos valiéndose del miedo que infunden en sus víctimas ante las «consecuencias» del incumplimiento. Pero esto no siempre es así.
En el caso de que no sepas el origen de la deuda, solicitá a quien te llama que te brinde la siguiente información:
DATO IMPORTANTE:
Cuando recibís una llamada, correo electrónico, mensaje de texto o WhatsApp, y demás comunicaciones simples intimando al pago de una deuda, éstas constituyen intimaciones extrajudiciales. Esto quiere decir que no se han iniciado acciones legales y que sólo te están reclamando el pago. La palabra extrajudicial significa que no corresponde a un proceso en el que se reclama judicialmente una deuda.
Algunas agencias de cobro (e inclusive estudios jurídicos con pocos escrúpulos), remiten a los deudores notificaciones informales por mail o correspondencia imitando el formato de un documento judicial. Esas son técnicas persuasivas. Una notificación judicial debe contener el Juzgado interviniente, el número de expediente judicial y el tema en particular que el juez ordena notificar y por lo general son enviadas en formato papel por un funcionario judicial conocido como «oficial notificador».
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